Como parte de las reformas de 1993 al sistema de compensación de los trabajadores, la Legislatura de California añadió la Sección §3201.5 al Código Laboral, la cual entró en vigor el 16 de julio de 1993 y autoriza los programas ADR para los contratistas de la construcción. Entrando en vigor a partir del 1 de enero de 2004 bajo la Sección §3201.7 del Código Laboral, los programas ADR se extendieron a otras industrias de California además de la industria de la construcción.